Recientemente, la ley del IVA ha sido modificada para ajustarla al marco europeo y garantizar una mayor proporcionalidad. En concreto, se han introducido varias medidas que simplifican el proceso de devolución del IVA y reducen los costes asociados a su reclamación.
Una de las principales modificaciones es la reducción del mínimo importe de base imponible necesario para solicitar la devolución del IVA. Antes del cambio, se requería una base imponible mínima de 300 euros, pero ahora se ha reducido a 50 euros. Se ha ampliado a seis meses el periodo para gestionar los trámites exigidos para la recuperación del IVA.
La recuperación del IVA permite que las empresas aumenten su flujo de efectivo, reduzcan sus costos, mejoren su competitividad y cumplan con la normativa fiscal, lo que se traduce en una mejora de la rentabilidad y en una mayor capacidad para invertir en el negocio y crecer a largo plazo.
Entendemos que externalizar los servicios de reclamación de deuda y recuperación de IVA no solo no supone un coste adicional para tu empresa, sino que, de hecho, puede generar mayores beneficios y eficiencias financieras. Al confiar en nuestros servicios especializados, no solo te liberas de la carga administrativa y legal asociada a la gestión de impagados y recuperación de IVA, sino que también maximizas tus recursos y mejoras tu posición financiera de manera significativa.
La recuperación del IVA por incobrable se convierte así en un servicio esencial para las empresas, ya que no solo contribuye a la mejora de la rentabilidad, sino que también proporciona una mayor capacidad para invertir en el negocio y crecer a largo plazo
En definitiva, la recuperación de IVA por incobrable es un servicio que ayuda a las empresas a mejorar su rentabilidad recuperando el IVA que pagaron por una factura no cobrada. Si tu empresa se encuentra en esta situación, no dudes en ponerte en contacto con SEGONCA Abogados y analizaremos tu situación de forma gratuita